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Manipulador de alimentos en Andalucía: qué formación se pide
Si trabajas o vas a trabajar con alimentos en Andalucía, esto es lo que dice la normativa sobre tu formación.
La norma de Andalucía
La norma andaluza sobre la formación de manipuladores era el Decreto 189/2001. Fue derogada por el Decreto 141/2011.
La Junta de Andalucía explica que, desde entonces, los manipuladores pueden formarse donde quieran, «sin limitación temporal o territorial», y que en las inspecciones se comprueba el plan de formación de la empresa, los justificantes y las prácticas, con preguntas directas a los trabajadores.
Fuente: Junta de Andalucía: Manipuladores de alimentos, situación actual (2011).
Lo que vale en toda España
- El Real Decreto 109/2010 derogó la norma estatal de manipuladores de alimentos y la autorización de las entidades de formación.
- La empresa alimentaria es la responsable de que sus manipuladores estén formados en higiene alimentaria según su puesto (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, capítulo XII).
- Según los criterios que la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición acordó con las comunidades autónomas, la formación puede darla la propia empresa o una entidad de formación, sin autorización previa, y no hay un modelo único de justificante.
- En una inspección se puede comprobar el plan de formación de la empresa, los justificantes y, sobre todo, si el trabajador aplica lo que sabe.
Cómo te ayuda este curso
El curso de higiene alimentaria y el examen son gratis y sin registro. Si apruebas, puedes descargar por 12 € un certificado privado de formación en PDF, con código QR para que tu empresa lo compruebe. Es tu empresa quien decide si esta formación es suficiente para tu puesto.
Documento privado que acredita la formación recibida en higiene alimentaria, conforme al Reglamento (CE) 852/2004 y al Real Decreto 109/2010. No es un título oficial: la formación de los manipuladores es responsabilidad de la empresa alimentaria.
Fuentes
- Real Decreto 109/2010, que modifica diversos reales decretos para adaptarlos a la Directiva de servicios y deroga el Real Decreto 202/2000 de manipuladores de alimentos. Boletín Oficial del Estado.
- Reglamento (CE) n.º 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (versión consolidada, con la modificación del Reglamento (UE) 2021/382). Parlamento Europeo y Consejo de la UE · EUR-Lex.
- Nota informativa sobre la formación de los manipuladores de alimentos (criterios acordados con las comunidades autónomas). Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).
- Manipuladores de alimentos: preguntas y criterios. Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).
Revisado el 25/10/2026. Si algo ha cambiado en Andalucía, escríbenos a delantal@nuvolastudiogroup.com.